Alicante y la Generalitat intensifican esfuerzos para eliminar asentamientos en terrenos no urbanizables
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El alcalde y el director de la Agencia Valenciana de Protección del Territorio firman un protocolo para optimizar la coordinación de los agentes implicados en vigilar e imponer sanciones ante estas irregularidades urbanísticas
El alcalde de Alicante, Luis Barcala, y el director de la Agencia Valenciana de Protección del Territorio (AVPT), Santiago Gambín, han formalizado un protocolo de actuación destinado a abordar infracciones graves o muy graves en suelo no urbanizable. Este acuerdo tiene como objetivo reforzar y agilizar la colaboración entre el Ayuntamiento y la Generalitat, facilitando el desmantelamiento de asentamientos irregulares en este tipo de suelo, garantizando así el cumplimiento de la legalidad y la seguridad de los ciudadanos.
El protocolo abarca diversas irregularidades urbanísticas en suelo no urbanizable, con un enfoque particular en aquellas que se localizan en zonas inundables. En este contexto, el Consejo de Dirección de la AVPT ha decidido, a solicitud del alcalde, priorizar los expedientes relacionados con áreas clasificadas con niveles de Peligrosidad 1, 2, 3 y 4, según la cartografía del Patricova (Plan de Acción Territorial sobre prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana). Este enfoque busca minimizar los riesgos asociados a estas infracciones.
Colaboración efectiva entre administraciones
Hasta la fecha, el área de Urbanismo ha remitido a la AVPT un total de 23 expedientes por irregularidades en suelo no urbanizable, de los cuales 10 han incluido un decreto municipal de suspensión de obra. La AVPT, tras iniciar los procedimientos de restauración de la legalidad y confirmar las órdenes de paralización de obras, está procediendo a precintar aquellas construcciones que no han acatado las órdenes.
Desde marzo de 2022, el Ayuntamiento de Alicante está adscrito a la AVPT, que tiene la responsabilidad de asegurar la protección de la legalidad urbanística en suelo no urbanizable. Este organismo asume competencias esenciales, como la adopción de medidas cautelares, la instrucción de procedimientos sancionadores y la coordinación con otras entidades para fortalecer la vigilancia y control urbanístico en este tipo de suelo. Desde su creación, la AVPT ha ejercido las potestades administrativas en relación con infracciones graves o muy graves en el municipio.
Protocolo de actuación y medidas cautelares
El acuerdo establece que el Ayuntamiento de Alicante podrá dictar, en el marco del Art. 252 del TRLOTUP, actuaciones previas como la suspensión de obras mediante un decreto de la concejala de Urbanismo. Este decreto advertirá a los interesados que, en caso de incumplimiento de la orden de paralización, los agentes de la Policía Local procederán a ejecutar lo ordenado mediante el precinto de las obras en caso de desobediencia.
Además, el Ayuntamiento se compromete a enviar informes técnicos a la AVPT, conforme a los modelos establecidos, y a remitir la documentación necesaria a través de su Oficina Virtual. Esta colaboración facilitará la instrucción de expedientes y garantizará la celeridad de los procedimientos. En situaciones de desobediencia agravada, se enviarán las actas pertinentes a la Fiscalía, informando a la AVPT para evitar duplicidades.
Por su parte, la AVPT se encargará de mantener actualizados los modelos oficiales para la elaboración de actas de denuncia e inspección, así como para los informes técnicos necesarios. Asimismo, ratificará las medidas de suspensión cautelar adoptadas por el Ayuntamiento en el inicio del expediente administrativo.
Ambas entidades, el Ayuntamiento y la AVPT, se comprometen a crear y mantener una base de datos conjunta que facilitará el acceso a la información y el estado de los expedientes, optimizando así la coordinación y eficacia en la gestión de las irregularidades urbanísticas.